sábado, 1 de marzo de 2008

contrato privado de compraventa

Una vez explicada y leída la escritura de compraventa por parte del notario, firman, conjuntamente con el notario el comprador y el vendedor.

La práctica habitual en la compra de una vivienda es la firma de un contrato privado de compraventa, para después elevarlo a escritura pública. La plena seguridad de la transmisión se obtiene con la inscripción en el Registro de la Propiedad de la escritura. El notario, una vez otorgada la escritura de compraventa puede enviar un fax al Registro notificando la operación el mismo día del otorgamiento de la escritura.

En la práctica operativa, la estrecha colaboración de notarios y registradores de la propiedad le proporciona al comprador la garantía de que la compra de la vivienda se hace al verdadero propietario y está libre de cargas, sin que se vea afectado por fraudes, errores, etc.

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