sábado, 1 de marzo de 2008

otorgamiento de escritura pública

Obligación del promotor o vendedor de viviendas de suministrar datos al comprador:

Nombre o razón social del promotor, domicilio y datos de inscripción en el Registro Mercantil;
Planos de emplazamiento de la vivienda;
Datos del Registro de la Propiedad;
Seguro de daños y vicios ocultos
Copia de las licencias precisas para la construcción y ocupación de las viviendas;
Estatutos de la Comunidad;
Precio total de venta y forma de pago;
Si se prevé subrogación de hipoteca, e información se la misma;
Modelo de contrato de compraventa, con sus condiciones generales y especiales, estableciendo, derecho del comprador a exigir el otorgamiento de escritura pública; elección de Notario, etc.
Los promotores o vendedores también deben facilitar los siguientes documentos: cédula de habitabilidad, recibo de haber pagado la última anualidad del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (I.B.I), recibo de haberse satisfecho el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Bienes de Naturaleza Urbana (plusvalía), información registral de la finca (propietario y cargas) y plano técnico en que figure la superficie y distribución de la vivienda,

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