sábado, 1 de marzo de 2008

propiedad de los bienes inmuebles

Registro de la Propiedad: Es una Oficina pública, dependiente del Ministerio de Justicia, que sirve para inscribir y dar publicidad a la propiedad de los bienes inmuebles y de los derechos que recaen sobre los mismos.

Tiene pues, la función llevar los libros oficiales en los que consten todas las circunstancias que afectan a las fincas de la demarcación correspondiente a dicho Registro. Estas circunstancias son las relativas a la propiedad: cargas, transmisiones, notas marginales, etc. Ver: Qué se inscribe y se anota en el Registro de la Propiedad.


Cada Registro tiene una demarcación territorial. Las inscripciones o anotaciones han de hacerse en el Registro en cuya circunscripción territorial radiquen los inmuebles a los que se refiere la inscripción o anotación.

Es de consulta obligada en caso de comprar una vivienda dado que no tendríamos la certeza sobre quién es el dueño de la finca ni sobre las cargas que recaen sobre la misma.


La inscripción de los inmuebles facilitan su transmisión y la obtención de financiación.


España ha sido un país pionero en la digitalización de los datos del Registro de la Propiedad, pero todavía no tiene resuelta su consulta on line.

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