Todo ello sin perjuicio de las funciones de control y tutela que corresponden al Colegio de Administradores de Fincas Rústicas y Urbanas como órgano corporativo para el control y tutela de los derechos y obligaciones de sus colegiados
miércoles, 5 de marzo de 2008
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
0 comentarios:
Publicar un comentario