Otra cosa es el caso del Administrador, que si tal cese no está motivado por "justa causa", ello puede llevar perfectamente a la exigencia de daños y perjuicios, pues se ha roto un compromiso, un contrato, con la obligación de indemnizar de la parte que lo incumple, conforme las reglas generales del derecho común.
Temas: Cese del Admistrador de una Comunidad de Propietarios
miércoles, 5 de marzo de 2008
Cese del Admistrador de una Comunidad de Propietarios
en 16:45
Etiquetas: Comunidad vecinos
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
0 comentarios:
Publicar un comentario